{"id":3501,"date":"2010-07-29T06:27:00","date_gmt":"2010-07-29T13:27:00","guid":{"rendered":"https:\/\/ffortizn.com\/?p=3501"},"modified":"2023-01-05T15:23:51","modified_gmt":"2023-01-05T23:23:51","slug":"audiencia-de-vista","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ffortizn.com\/web\/?p=3501","title":{"rendered":"Audiencia de vista."},"content":{"rendered":"<h3 itemprop=\"name\">&#8230;En el uso de la voz durante la audiencia de vista.<\/h3>\n<blockquote><p>\u00abPor principio consideramos que nosotros no somos responsables de los hechos que nos imputan y por los cuales hemos estado sujetos a proceso por mas de 3 a\u00f1os. Solicitamos a esta honorable autoridad se declare sentencia absolutoria a nuestro favor. Toda vez que, como lo expresamos desde el principio, [todo] fue parte de una serie de acuerdos entre mi se\u00f1or padre y los presuntos ofendidos como bien se demuestra en autos.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Como primer punto pedimos que se considere que las personas que nos denunciaron en la averiguaci\u00f3n previa son personas que no se les puede confiar [en que expresan] la verdad ya que como se acredita en autos existe una pericial psicol\u00f3gica la cual nos demuestra que estas personas son capaces de mentir y manipular, por tal motivo no deben considerarse como verdaderas las imputaciones que nos atribuyen.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>En segundo termino se debe considerar que hubo vicios arrastrados desde la averiguaci\u00f3n previa ya que con solo un recibo de luz ajeno a los demandantes y dos testigos falsos, los cuales durante el procedimiento se contradicen primero al asegurar que les constan los hechos y posteriormente expresan que se enteraron por terceras personas, presumiblemente por el mismo Froylan, no se puede considerar que esta averiguaci\u00f3n previa este debidamente integrada ya que desde esa fecha ni durante el proceso, los supuestos ofendidos han presentado prueba alguna que les acredite ni como posesionarios ni como due\u00f1os del inmueble en controversia.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Tercero y de acuerdo con los t\u00e9rminos del articulo 2do del c\u00f3digo de procedimientos penales los hoy implicados Francisco y Hector ambos de apellido Ortiz Nicolas deber\u00edan ser declarados inocentes en tanto que ni la fiscal\u00eda adscrita a este juzgado, ni el pseudo-licenciado coadyuvante J Jesus Corona Jimenez, ni los presuntos ofendidos aportaron prueba que desvirtuara los dichos, documentales y testimonios a favor de los hoy inculpados y en los que consta que el \u00fanico propietario y posesionario del predio en cuesti\u00f3n es mi se\u00f1or padre Federico Ortiz Cabrales. Seg\u00fan este mismo articulo la responsabilidad de probar su dicho recae sobre la parte acusadora y es el ministerio publico quien tiene la carga de la prueba. Como bien se demuestra en autos tales pruebas demostratorias a favor de los supuestos ofendidos nunca fueron aportadas y en cambio los procesados presentamos diversas pruebas que demuestran que nuestro dicho se apega a la realidad.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Cuarto. En concreto, Froylan y Moises Ortiz Cabrales jamas durante el proceso demostraron la existencia de un convenio para mantener sus pertenec\u00edas dentro de la propiedad de mi se\u00f1or padre, ellos tampoco jamas probaron ser posesionarios, ni due\u00f1os, ni propietarios. Tan es as\u00ed que en diversas ocasiones ellos contradijeron sus propios dichos al exponer diferentes versiones respecto al inicio de la supuesta posesi\u00f3n. En una de las versiones Froylan afirma que la propiedad le fue regalada por mi abuela, en otra que mi padre se la regalo a \u00e9l, en otra que \u00e9l le hab\u00eda regalado el predio a mi padre y otra mas afirma que \u00e9l compro todo, regalo la mitad a mi padre y la otra mitad lo reservo para \u00e9l; aceptando adem\u00e1s que no posee documento alguno que lo acredite como posesionario.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Es curiosa la actitud que asume el ministerio publico adscrito a este juzgado que en sus conclusiones iniciales solicita tanto la restituci\u00f3n del inmueble, el cual reiteramos, los presuntos ofendidos no acreditaron como propia, y no conforme con eso tambi\u00e9n, y de forma por dem\u00e1s desmesurada solicita el pago de la cantidad arrojada por el peritaje de avaluo promovido por este misma autoridad ignorando triunfalmente el principio de \u00abin dubio pro reo\u00bb y toda vez que el juez no promueve como corresponde de oficio el peritaje de tercero en discordia.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Estos hechos no hacen sino confirmar la sospecha de \u00abignorancia manifiesta\u00bb derivada de la ausencia de un estudio minucioso del caso que nos concierne por parte de las diversos servidores ante los cuales esta a la vista nuestro expediente.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Destacable el hecho es que, el ministerio publico solicita la restituci\u00f3n de los inmuebles los cuales no est\u00e1n debidamente definidos en sus proporciones ni colindancias ni localizaciones. La duda prevalece y la pregunta asalta \u00abQue es exactamente lo que el ministerio publico pretende que el juez restituya?\u00bb. Agregado a este bagatela t\u00e9cnica, ninguna de las dos autoridades ha reparado que este es un asunto meramente familiar motivado por ego desproporcionado de una persona mentirosa y manipuladora que, de atacarse su voluntad, solo generaran fricciones y conflictos innecesarios de gravedad impredecible y de los cuales hacemos directamente responsables a dichas autoridades pues tal parece que la \u00fanica consigna es declararnos culpables por el m\u00e9todo de \u00abhaiga sido como haiga sido\u00bb.<\/p><\/blockquote>\n<blockquote><p>Sin mas por el momento s\u00edrvase dar por aceptados nuestros alegatos finales en el uso de la voz durante la audiencia de vista en t\u00e9rminos del articulo 291 del c\u00f3digo de procedimientos penales. Asimismo solicitamos que de manera inmediata se nos cite para o\u00edr sentencia en t\u00e9rminos del protocolo descrito por los art\u00edculos 8, 291 y 292 de este mismo c\u00f3digo.\u00bb<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>&#8230; As\u00ed fue como se escuch\u00f3 el texto le\u00eddo en el uso de la voz durante la audiencia de vista aquel d\u00eda&#8230;<\/strong><\/p>\n<p>Fue el 11 de junio de 2010; el d\u00eda del partido inaugural del mundial. Si, el d\u00eda que jugaron M\u00e9xico contra Sudafrica, muchos lo recordaran&#8230;<\/p>\n<p>La cita era a las 8:00 AM. Llegamos a tiempo como simple muestra de cortes\u00eda pues ya sab\u00edamos que en la practica esos que trabajan en el juzgado son impuntuales como ellos solos&#8230; Efectivamente as\u00ed fue! El agente del ministerio publico adscrito al juzgado de primera instancia penal de Ciudad Guadalupe Victoria lleg\u00f3 bastante tarde (chan chan chaaan, que novedad!).<\/p>\n<p>Mientras esper\u00e1bamos el espectacular arribo del tan aclamado agente del MP, platic\u00e1bamos de temas triviales como el temblor de abril y el estado de las carreteras y lo mucho que los sufridos funcionarios padecen al trasladarse por esos caminos olvidados del gobierno; de las camisetas negras de la selecci\u00f3n mexicana que recibir\u00edan si es que M\u00e9xico avanzaba a la siguiente ronda; del parecido que tienen algunas personas con otras que hemos conocido antes, etc\u00e9tera.<\/p>\n<p>Con actitud de \u201cWhat? Ya llegaron?\u201d&#8230; Entra apresuradamente y se posa c\u00f3modamente(al menos eso pens\u00e9 al principio) en su mullido asiento, velozmente da un \u00faltimo repazo a su acorde\u00f3n, de 800 paginas, cual alumno de la \u201csecu\u201d en d\u00eda de examen sorpresa.<\/p>\n<p>Descubre que su compa\u00f1erito de clase meti\u00f3 la pata en un detallito&#8230; Pues aquel ped\u00eda restituci\u00f3n del inmueble y pago por reparaci\u00f3n de da\u00f1o (si, los dos al mismo tiempo pues)&#8230; Despu\u00e9s de percatarse de la torpeza cometida y de ofrecer unas disculpas poco cre\u00edbles se dispone primero a hechar la culpa al ne\u00f3fito compa\u00f1erito y despu\u00e9s a tratar de enmendar la novatada discretamente&#8230; Una vez resarcida la metida de pata por parte de los flamantes MP nos toca el uso de la voz&#8230;<\/p>\n<p>\u00cdbamos preparados: llev\u00e1bamos el documento impreso para ser le\u00eddo; adem\u00e1s la versi\u00f3n electr\u00f3nica contenida en un USB drive el cual descargamos a la computadora de la secretaria (muy guapa por cierto, un d\u00eda les escribir\u00e9 de ella).<\/p>\n<p>Mientras el documento era le\u00eddo en voz alta y seg\u00fan pude ver de reojo, el MP nos observaba detenidamente con el rostro desencajado y la mirada desorbitada adem\u00e1s de aparentar que la silla en la que reposaba no le era del todo confortable&#8230; Ignoro si se sinti\u00f3 aludido por alguna de las frases citadas o bien por la ansiedad de ir a ver lo que quedaba del partido M\u00e9xico \u2013 Sudafrica.<\/p>\n<p>Al finalizar nuestra intervenci\u00f3n el MP solo se limito a decir \u201cBravo! Muy bien, de aqu\u00ed para Presidente Municipal\u201d. Entre broma tambi\u00e9n dijo a la secretaria de acuerdos Dora Alicia Martinez \u201cSolicito nuevamente el uso de la voz\u201d&#8230; Mmmm tal parece que algo le incomodaba, no lo s\u00e9, no le pregunt\u00e9.<\/p>\n<p>La licenciada Dora nos dice: \u201cla sentencia sale en quince d\u00edas muchachos, es el plazo que tiene el juez para dictarla&#8230;\u201d<\/p>\n<p>La audiencia termina tranquilamente con un cordial apret\u00f3n de manos y miradas esquivas por parte del &nbsp;MP y la secretaria de acuerdos.<\/p>\n<p>\u00bfSabr\u00edan ellos algo que nosotros no?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8230;En el uso de la voz durante la audiencia de vista. \u00abPor principio consideramos que nosotros no somos responsables de los hechos que nos imputan y por los cuales hemos estado sujetos a proceso por mas de 3 a\u00f1os. Solicitamos a esta honorable autoridad se declare sentencia absolutoria a nuestro favor. 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